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	<title>inmuebles &#8211; Inmobiliaria e Ingeniería AJC Ltda | Bucaramanga &#8211; Colombia</title>
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	<description>Inmobiliaria, asesoría y servicios de ingeniería en Bucaramanga - Colombia</description>
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		<title>¿Sabías que en promedio cada 2 minutos 11 segundos una familia colombiana pudo comprar casa nueva este año?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Admin AJC]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 22 Jul 2022 21:58:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Inmobiliaria]]></category>
		<category><![CDATA[Colombia]]></category>
		<category><![CDATA[Economía]]></category>
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					<description><![CDATA[¿Sabías que en promedio cada 2 minutos 11 segundos una familia colombiana pudo comprar casa nueva este año?
Durante el primer semestre de 2022 se comercializaron más de 119 mil unidades y la vivienda social fue protagonista.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p class="page-header" style="text-align: center;"><strong>Durante el primer semestre de 2022 se comercializaron más de 119 mil unidades y la vivienda social fue protagonista.</strong></p>
<p>Fuente: Minvivienda (https://www.minvivienda.gov.co/sala-de-prensa/durante-el-primer-semestre-de-2022-en-promedio-cada-2-minutos-11-segundos-una-familia-colombiana-pudo-comprar-casa-nueva)</p>
<h3>Autor original: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio de Colombia.</h3>
<p>La venta de vivienda en Colombia sigue rompiendo registros históricos, incluso, cuando el mercado y la economía mundial experimentan múltiples variables. Así lo confirman los datos de los primeros 6 meses del 2022 revelados por Galería Inmobiliaria, que destacan la compra de 119.409 viviendas nuevas en el país, que representaron un aumento de 5 % frente al mismo periodo del 2021. De estas, 85.282 fueron viviendas de interés social (VIS) y 34.127 de rangos medio y alto (No VIS), que reportaron crecimientos de 7 % y 1 %, respectivamente.</p>
<p>“Sin duda, estos resultados son el reflejo de la efectividad de las políticas en materia de vivienda adoptadas por el gobierno del presidente Iván Duque, que consolidan al sector como líder de la reactivación económica y la generación de empleo”, dijo Susana Correa, ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, quien agregó que “nunca antes en la historia del país se habían comprado en seis meses esa cantidad de viviendas, esto equivale a decir que en promedio, cada 2 minutos 11 segundos un hogar colombiano pudo comprar casa nueva”.</p>
<p>El informe también destaca el dato de junio, en el que 16.195 hogares adquirieron igual cantidad de VIS y No VIS en el país; de esta forma, el sexto mes del año se ubicó en el segundo mejor junio en la historia de Colombia con 12.382 unidades comercializadas en el segmento VIS y 3.813 en No VIS.</p>
<p>La generación de empleo también demuestra el impacto positivo de esta política, tal como lo confirman los cerca de un millón de trabajadores empleados en el sector edificador, según el Dane, con corte al último trimestre.</p>
<p>Con hechos, el gobierno del presidente Iván Duque les cumple a las familias colombianas, generando empleo y otorgando ayudas económicas para que miles de hogares cumplan el sueño de convertirse en propietarios.</p>
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		<title>¿Quién responde cuando hay demoras en la entrega de su nueva vivienda?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Admin AJC]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 Jun 2022 18:59:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asuntos Legales]]></category>
		<category><![CDATA[Colombia]]></category>
		<category><![CDATA[Economía]]></category>
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		<category><![CDATA[inmuebles]]></category>
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					<description><![CDATA[Un grupo de personas, que pusieron sus ahorros y esperanzas de tener casa propia en un proyecto de apartamentos en el norte de Bogotá, viven un viacrucis por años de demoras en su entrega, obras sin terminar y problemas con el servicio de energía.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><strong>Los casos de constructoras incumplidas en el país se ha vuelto paisaje.</strong></p>
<p>Fuente: El Espectador (https://www.elespectador.com/bogota/conflictos-por-demoras-en-entrega-de-proyecto-de-vivienda-quien-responde/).</p>
<h3>Autor original: Camilo Acosta Villada &#8211; El Espectador.</h3>
<p>Un grupo de personas, que pusieron sus ahorros y esperanzas de tener casa propia en un proyecto de apartamentos en el norte de Bogotá, viven un viacrucis por años de demoras en su entrega, obras sin terminar y problemas con el servicio de energía.</p>
<p class="font--secondary">Decenas de familias en distintas ciudades han invertido ahorros y tiempo en proyectos inmobiliarios que, años después, quedan inconclusos o a medias.</p>
<p class="font--secondary">Tal es el caso del proyecto Ocean Tower, en el sector de Bocagrande, en Cartagena, que debía ser entregado en 2015, pero quedó abandonado; o el de la constructora Alpes, en el Valle del Cauca, en donde cientos de familias resultaron afectadas por las demoras de hasta tres años en la entrega de sus viviendas.</p>
<p>Esta situación no es ajena para la capital del país. <b>El Espectador</b> conoció las quejas de varias familias que, en mayo de 2017, firmaron promesas de compraventa para el proyecto inmobiliario Los Andes, ubicado en el sector de La Floresta, en el noroccidente de Bogotá. Sin embargo, al menos 16 familias que pudieron mudarse a los apartamentos tienen que soportar las incomodidades causadas por las obras que aún se adelantan en la torre y la demora de viviendas que aún no tienen fecha de entrega, porque, denuncian, hubo un cambio en las reglas de juego de la compra inicial.</p>
<h2 class="font--primary"><b>Terrazas, la manzana de la discordia</b></h2>
<p class="font--secondary">Según dos personas que hablaron con este diario, la Sociedad Luque Ospina Proyectos S.A.S., responsable del proyecto, les incumplió en la fecha de entrega de los domicilios: ambas dicen que las demoras son de más de dos años, pues en 2019 debían entregárselos, luego de pagar el número de cuotas pactadas.</p>
<p class="font--secondary">Una de ellas contó que la sociedad les informó que tenían que pagar $50 millones más por una terraza que, dice, en principio se concibió como de uso exclusivo del propietario y que luego, en mayo de este año, les solicitó la terminación de ese contrato y que les devolverían el dinero que pagaron (más de $136 millones), más el 7 % de ese valor.</p>
<p class="font--secondary">“Trabajaron con nuestro dinero y ahora que el metro cuadrado está muy por encima de lo que compramos, quieren lucrarse y quedarse con los apartamentos para venderlos más caros”, señaló.</p>
<p class="font--secondary">Por otro lado, otra mujer que también compró apartamento, con terraza incluida, en abril de 2017, le dijo a <b>El Espectador</b> que tras haber pagado cerca de $246 millones para que fuera entregado en 2019, le dijeron en noviembre de 2021 que le cobrarían por la terraza $96 millones más. Aunque en principio se negó, la premura del crédito aprobado por la entidad bancaria para adquirirlo la llevaron a proponer un arreglo por $30 millones. “Me tengo que sacrificar para pagar ese excedente”, aseguró sobre el impacto en su bolsillo de ese gasto inesperado.</p>
<h2 class="font--primary"><b>Si por allá llueve&#8230;</b></h2>
<p class="font--secondary">Otra familia de las que compraron vivienda con la Sociedad Luque Ospina Proyectos S.A.S., a diferencia de los dos casos anteriores, sí pudo mudarse al apartamento, aunque esto no significaría que los problemas acabarían.</p>
<p class="font--secondary">Ernesto* y su familia se mudaron en octubre de 2021 al apartamento, aunque debieron entregarles un año y medio antes. El retraso los había dejado pagando arriendo. De manera que ante la presión que hizo le entregaron el inmueble, pero, cuenta, “a la torre le faltaban puertas, aún estaban en obras y asumimos el riesgo de pasarnos así”, pues el polvo y el ruido de la construcción hacen que vivir allí no sea del todo tranquilo.</p>
<p class="font--secondary">Pero sus quejas van más allá: aseguró que en el edificio aún no instalan contadores de energía y que este servicio lo tienen porque “están conectados a los cables de un poste”. Sin contar las incomodidades con las que aún tienen que lidiar.</p>
<p class="font--secondary">Este diario evidenció que en el interior hay obreros trabajando, residuos y material usado de obra (como bolsas de cemento, varillas y tablas), y que hasta uno de los ascensores se encuentra forrado con pliegues de cajas de cartón en sus paredes y piso.</p>
<h2 class="font--primary"><b>¿Quién responde?</b></h2>
<p class="font--secondary">La Secretaría de Hábitat de Bogotá ha sido una de las entidades a las que algunos de los propietarios afectados acudieron para poner en conocimiento el cambio de condiciones en cuanto al valor del inmueble. Sin embargo, respondió que no tenía competencia para intervenir en el asunto y recomendó que podían acudir a la Casa de Justicia de la localidad.</p>
<p class="font--secondary">Por otra parte, Enel Colombia le confirmó a este diario que “la energía con la que actualmente cuenta el edificio corresponde a la provisional de obra”, como parte de un servicio que presta de manera temporal a las constructoras y advirtió que no era “para que los residentes accedan al mismo”. Por ello, sentenció que si esa era la situación, “la constructora compromete la seguridad de las personas y sus inmuebles, pues significa que la edificación aún no ha finalizado el proceso de conexión”.</p>
<p class="font--secondary">Al respecto, Rodrigo Montenegro, representante legal de Luque Ospina Proyectos, le dijo a <b>El Espectador</b> que el problema con las terrazas estaba solucionado, que la torre cuenta con un 99 % de avance y que la entrega de apartamentos se ha demorado por “problemas externos de fuerza mayor”, debido a un inconveniente con el paz y salvo del pago de valorización y predial, que les causó una demora de cinco meses para la entrega de escrituras, y que hace seis meses hicieron el pedido formal para el proceso de energización de la torre.</p>
<p class="font--secondary">El coordinador del consultorio jurídico de la Universidad del Rosario, Álvaro Sarmiento, recomendó que los ciudadanos que se vean afectados por situaciones como estas pueden acudir ante un juez civil para realizar un proceso ejecutivo, acudir a la delegatura de protección al consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para un proceso administrativo o intentar un acuerdo conciliatorio con la constructora.</p>
<p class="font--secondary">Ahora este grupo de personas espera que la próxima semana los representantes de la compañía les cumplan una cita para resolver este conflicto, que ha tenido en vilo los deseos de que les entreguen casa propia y que las condiciones del edificio sean óptimas, sin excusas ni más prórrogas.</p>
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		<title>Uso de plataformas digitales para comprar o vender vivienda</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Admin AJC]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 11 Jun 2022 13:58:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Inmobiliaria]]></category>
		<category><![CDATA[Arrendar]]></category>
		<category><![CDATA[Bucaramanga]]></category>
		<category><![CDATA[Colombia]]></category>
		<category><![CDATA[Digital]]></category>
		<category><![CDATA[Finca Raíz]]></category>
		<category><![CDATA[inmuebles]]></category>
		<category><![CDATA[Santander]]></category>
		<category><![CDATA[Virtual]]></category>
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					<description><![CDATA[Una de las principales consecuencias de la pandemia, sin duda alguna, es la digitalización de los procesos, lo que ha permitido que las personas puedan comprar o vender vivienda en tan solo un clic.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><strong>El 95% de las personas usan herramientas digitales para buscar casa.</strong></p>
<p>Fuente: Portafolio (https://www.portafolio.co/mis-finanzas/vivienda/el-95-de-las-personas-usan-plataformas-para-buscar-casa-565760).</p>
<h3>Autor original: PAULA GALEANO BALAGUERA &#8211; PORTAFOLIO.</h3>
<p>Una de las principales consecuencias de la pandemia, sin duda alguna, es la digitalización de los procesos, lo que ha permitido que las personas puedan<b> comprar o vender vivienda en tan solo un clic.</b></p>
<p>Y es que adquirir una casa desde cualquier dispositivo electrónico es cada vez es más usual. Según la Asociación Nacional de Agentes Inmobiliarios (NAR, por sus siglas en inglés) “el 95% de la población mundial utiliza las plataformas digitales para vender/comprar inmuebles”.</p>
<p>En Colombia también avanza a pasos agigantados, ya es una realidad <b>comprar vivienda de manera digital.<br />
</b>Sobre los inmuebles nuevos, ‘el apartamento modelo’ se ha transformado en showroomsde 360°, ahorrando tiempo y dinero.<br />
“Las constructoras ahorran en salas de ventas e infraestructura y en eventos de lanzamiento brindan descuentos o beneficio”, manifestó Ignacio Otero, director de crecimiento de Aptuno.com.<br />
Ahora, con el proyecto ya visto (a excepción de los acabados) puede solicitarse el dinero para comprarlo que en conjunto con los descuentos de la constructora reduce la inversión.<br />
“Las fiduciarias también son virtuales y se paga todo a través de PSE. No hace falta hacer nada en físico”, agregó Otero.<br />
Incluso, en distintas páginas de constructoras existen simuladores de crédito de vivienda para saber en promedio la capacidad de endeudamiento para acceder a un préstamo bancario y la tasa de interés.</p>
<p>Con estas herramientas, es más fácil comparar viviendas, ubicaciones, costos, metraje y en general ventajas y desventajas de los proyectos en relación con las necesidades del comprador. Además, analizar cómo es la manera más rentable de financiarlo.</p>
<p>“Si visito 5 proyectos para evaluar en qué comprar, conservadoramente el desplazamiento en Bogotá es de 20 minutos, más 20 minutos de sala de venta y 20 minutos de regreso. En digital la presentación dura 20 minutos. Destinaría 5 horas y en digital una hora y 40 minutos”, ejemplificó Otero. Estas ventajas ahorran hasta en un 60% costos, y tiempo e incluso la accesibilidad para saber sobre más proyectos.</p>
<p><b>TODO EL PROCESO SE PUEDE HACER DE MANERA DIGITAL</b></p>
<p>Con el proyecto seleccionado y financiado, <b>los registros notariales también pueden hacerse de forma virtual.</b><br />
“Se puede desde el registro hasta los trámites notariales y el proceso digital de escrituración. Algunas empresas cuentan con una herramienta de firma digita. Igualmente, la solicitud y aprobación de créditos hipotecarios”, indicó Martín Monzón, CEO de Fincaraíz.<br />
Entre las tendencias, está buscar inmuebles entre $124 millones y $500 millones. Sobre todo apartamentos, que siguen siendo los más apetecidos.</p>
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		<title>Conozca cuáles son los gastos de tomar un inmueble en arrendamiento</title>
		<link>https://www.inajc.com/conozca-cuales-son-los-gastos-de-tomar-un-inmueble-en-arrendamiento/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Admin AJC]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Jul 2018 14:48:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[adicionales]]></category>
		<category><![CDATA[Arrendar]]></category>
		<category><![CDATA[arriendo]]></category>
		<category><![CDATA[Bucaramanga]]></category>
		<category><![CDATA[Colombia]]></category>
		<category><![CDATA[costos]]></category>
		<category><![CDATA[Finanzas]]></category>
		<category><![CDATA[inmuebles]]></category>
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					<description><![CDATA[Conozca cuáles son los gastos de tomar un inmueble en arrendamiento. Fuente: El Colombiano (http://www.elcolombiano.com/negocios/economia/los-costos-accesorios-del-arriendo-tambien-cuentan-XB9065541) Autor original: ANDREA BALLESTEROS ALTUVE &#8211; @ABallesteros_A &#8211; Sección Economía &#8211; El Colombiano. Si usted tiene pensado alquilar una vivienda tenga en cuenta que no solo pagará el trasteo y el canon de arrendamiento, hay otros “gastos accesorios” que debe cubrir [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><strong>Conozca cuáles son los gastos de tomar un inmueble en arrendamiento.</strong></p>
<p>Fuente: El Colombiano (<a href="http://www.elcolombiano.com/negocios/economia/los-costos-accesorios-del-arriendo-tambien-cuentan-XB9065541">http://www.elcolombiano.com/negocios/economia/los-costos-accesorios-del-arriendo-tambien-cuentan-XB9065541</a>)</p>
<h3>Autor original: ANDREA BALLESTEROS ALTUVE &#8211; @ABallesteros_A &#8211; Sección Economía &#8211; El Colombiano.</h3>
<div class="text">
<p>Si usted tiene pensado alquilar una vivienda tenga en cuenta que no solo pagará el trasteo y el canon de arrendamiento, hay otros “gastos accesorios” que debe cubrir como, por ejemplo, el estudio de capacidad de pago del inquilino y sus codeudores y los derechos del contrato.</p>
<p>En este reportaje de EL COLOMBIANO le mostramos los costos para que tenga una idea de lo que tendrá que desembolsar más allá del canon del inmueble que alquiló.</p>
<p>La ama de casa<i> María Elena Quintero </i>tuvo que pagarle a la aseguradora El Libertador (que forma parte de Seguros Bolívar), la cual trabaja con la agencia inmobiliaria JM Londoño en Medellín, un total de 41 mil pesos por un estudio de capacidad de pago, tanto de ella por ser la arrendataria como de las personas que facilitó como referencias, hace tres meses cuando cambió de residencia.<i></i></p>
<p>En el análisis se evalúan los ingresos mensuales y la solvencia del inquilino por medio de extractos bancarios, declaración de renta, contrato de trabajo, cartas de nómina, entre otros documentos.</p>
<p>Pero ahí no para, otro aspecto que debe tener en cuenta el arrendatario es el pago comisión de colocación para el contrato de la agencia inmobiliaria. Según la Lonja de Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia, en la capital paisa es del 20 % del valor del canon y se cancela solo una vez. Por ejemplo, si el valor del arrendamiento de su apartamento es de 1,5 millones de pesos mensuales, usted tendrá que desembolsar 300 mil pesos adicionales solo al inicio del trato.</p>
<p>¿Son legales estas prácticas? La directora jurídica de la Lonja de Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia, <i>María Alejandra Pérez</i>, señaló que son tareas que lleva a cabo el inmobiliario y son necesarias para el contrato. También explicó que la llamada comisión de colocación es una costumbre mercantil que se encuentra certificada por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. El artículo 16 de la Ley 820 de 2003, prohíbe que en los contratos de arrendamiento para vivienda urbana se exijan depósitos en dinero efectivo u otra clase de cauciones reales, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que conforme a dichos contratos haya asumido el arrendatario. “Tales garantías tampoco podrán estipularse indirectamente ni por interpuesta persona o pactarse en documentos distintos de aquel en que se haya consignado el contrato de arrendamiento, o sustituirse por otras bajo denominaciones diferentes de las indicadas en el inciso anterior”, agrega el apartado del régimen de arrendamiento urbano.</p>
</div>
<h5 class="entretitulo">Seguros inmobiliarios</h5>
<div class="text">
<p><i>Andrés Álvarez</i>, gerente general de la Inmobiliaria Andrés Álvarez, ubicada en la capital antioqueña, explicó que la mayoría de las agencias suelen cobrarle una cuota mensual a los propietarios por prestar el servicio de arrendamiento. Ese dinero es utilizado para cubrir los gastos de seguro como falta de pago del inquilino o daños.</p>
<p>El Libertador, por ejemplo ofrece un seguro de vida para inquilinos, el cual cubre los cánones de arrendamiento en casos de invalidez, fallecimiento o incumplimiento de contrato. El valor mensual de la póliza dependerá de la capacidad de pago del cliente y el costo del alquiler, según la compañía de seguros.</p>
<p>Empresas como Sura y Mapfre también ofrecen este tipo de servicios para los arrendatarios.</p>
<p><b>Tome apuntes de todo lo que implica mudarse para que sus finanzas personales no se vean afectadas en gran medida. Planifique y estudie todas las opciones del mercado.</b></p>
</div>
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		<item>
		<title>Matrícula de arrendador, este es el trámite para solicitarla.</title>
		<link>https://www.inajc.com/matricula-de-arrendador-este-es-el-tramite-para-solicitarla/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Admin AJC]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Mar 2018 14:35:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Inmobiliaria]]></category>
		<category><![CDATA[arrendador]]></category>
		<category><![CDATA[arrendamiento]]></category>
		<category><![CDATA[bienes]]></category>
		<category><![CDATA[inmuebles]]></category>
		<category><![CDATA[matrícula]]></category>
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					<description><![CDATA[Fuente: ACTUALÍCESE (https://actualicese.com/actualidad/2018/03/12/matricula-de-arrendador-tramite-para-solicitarla/) Autor: ACTUALÍCESE / Actualidad / Derecho Comercial &#124; Publicado el lunes 12 de marzo 2018. La matrícula de arrendador es una obligación que deben cumplir las personas que estén en el negocio de arrendamiento de bienes inmuebles para uso de vivienda urbana y que hayan suscrito más de cinco contratos. Dicho trámite [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Fuente: ACTUALÍCESE (<a href="https://actualicese.com/actualidad/2018/03/12/matricula-de-arrendador-tramite-para-solicitarla/" target="_blank" rel="noopener">https://actualicese.com/actualidad/2018/03/12/matricula-de-arrendador-tramite-para-solicitarla/</a>)</p>
<h3>Autor: ACTUALÍCESE / Actualidad / Derecho Comercial | Publicado el lunes 12 de marzo 2018.</h3>
<blockquote><p>La matrícula de arrendador es una obligación que deben cumplir las personas que estén en el negocio de arrendamiento de bienes inmuebles para uso de vivienda urbana y que hayan suscrito más de cinco contratos. Dicho trámite estará a cargo de las alcaldías municipales o de la entidad que deleguen.</p></blockquote>
<p>El <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0820_2003.html#28" target="_blank" rel="noopener">artículo 28 de la Ley 820 de 2003</a> establece que cualquier persona natural o jurídica que tenga como actividad comercial principal arrendar bienes inmuebles para uso de vivienda urbana, que sean de su propiedad o de terceros, como sucede con las inmobiliarias, o que ejerza labores de intermediación comercial entre arrendadores en municipios de más de 15.000 habitantes, deberá matricularse ante la autoridad administrativa competente: para tales efectos el artículo 1 del <a href="http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11254" target="_blank" rel="noopener">Decreto 51 de 2004</a> ha establecido que la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y las alcaldías de los municipios y distritos del país son las autoridades administrativas competentes para ejercer las funciones relativas a la matrícula de arrendadores, pero siempre se delega a las secretarías y subsecretarías municipales.</p>
<p>Las siguientes son algunas oficinas en las ciudades principales de Colombia:</p>
<ul>
<li><strong>En Bogotá:</strong> Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda ubicada en la Carrera 13 No 52–25.</li>
<li><strong>En Cali:</strong> Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control/Establecimientos públicos ubicada en la avenida 2 norte No. 10–70, piso 4</li>
<li><strong>En Medellín:</strong> Subsecretaría de Orden Civil de la Secretaría de Gobierno Municipal, ubicada en la carrera 53A No. 42–101, Edificio Plaza de la Libertad, torre B, piso 10.</li>
</ul>
<h2>¿Quiénes están obligados?</h2>
<blockquote>
<div>“Todas las personas naturales o jurídicas que en calidad de propietarios o subarrendadores celebren más de cinco contratos de arrendamiento”</div>
</blockquote>
<p>Todas las personas naturales o jurídicas que en calidad de propietarios o subarrendadores celebren más de cinco contratos de arrendamiento, en las modalidades de:</p>
<ul>
<li><strong>Contrato de arrendamiento individual:</strong> cuando una o varias personas reciben para su albergue o el de su familia un inmueble.</li>
<li><strong>Contrato de arrendamiento mancomunado:</strong>cuando dos o más personas reciben el goce de un inmueble o parte del mismo, comprometiéndose solidariamente al pago de su precio; al respecto de este, debe entenderse que un deudor solidario es aquel que se compromete a respaldar la deuda o en este caso el pago de las cuotas de arrendamiento en caso de que el deudor principal no realice el pago.</li>
<li><strong>Contrato de arrendamiento compartido:</strong> cuando el uso y goce del inmueble no sea independiente, por lo que se comparte con el arrendador o con otros arrendatarios.</li>
<li><strong>Contrato de arrendamiento de pensión:</strong> cuando el contrato se realiza sobre una parte del inmueble que no sea independiente, en el que se incluyen servicios, cosas y usos adicionales, pero que además sea pactado por un término inferior a un año.</li>
</ul>
<h2>Los contratos de arrendamiento deben tener la siguiente información</h2>
<ol>
<li>Nombre e identificación del arrendador y arrendatario</li>
<li>Identificación del inmueble objeto del contrato con linderos y dirección urbana.</li>
<li>Identificación de la parte del inmueble que se arrienda, cuando sea el caso, así como la discriminación de las zonas y los servicios compartidos con los demás ocupantes del inmueble.</li>
<li>Precio y forma de pago.</li>
<li>Relación de servicios, casos o usos conexos y adicionales.</li>
<li>Término y duración del contrato: podrá ser cualquiera que pacten las partes. En caso de que no exista una manifestación expresa del mismo, se entiende que es por el término de un año.</li>
<li>Designación de la parte contratante a cuyo cargo esté el pago de los servicios públicos del inmueble.</li>
</ol>
<h2>¿Qué documentos necesita?</h2>
<p>Al momento de solicitar la matrícula de arrendador, el interesado deberá aportar estos anexos:</p>
<p class="recomendado_content"><a class="addItem" data-product="1634" data-ref="contenidosRecomendacion"><strong>Esto te puede interesar:</strong> Contratación estatal, manual teórico/práctico 3ra Edición &#8211; Ediciones de la U</a></p>
<ul>
<li><a href="https://actualicese.com/2017/09/11/certificado-de-existencia-y-representacion-legal/" target="_blank" rel="noopener">Certificado de existencia y representación legal</a> cuando se trate de personas jurídicas, o certificado de registro mercantil en el caso de personas naturales, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses.</li>
<li>Relación de los inmuebles destinados a vivienda urbana, propios o de terceros, sobre los cuales se adelantará la actividad de arrendamiento o intermediación, en el formato oficial establecido para tal efecto.</li>
<li>Copia del <a href="https://actualicese.com/modelos-y-formatos/contrato-de-arrendamiento-vivienda-urbana/" target="_blank" rel="noopener">contrato de arrendamiento</a> de inmuebles destinados a vivienda urbana.</li>
<li>Copia del modelo de contrato de administración de inmuebles dados en arrendamiento.</li>
</ul>
<h2>Tenga en cuenta lo siguiente</h2>
<ul>
<li>La respuesta a la solicitud se informa por correo postal y el tiempo de respuesta para otorgar la matrícula será de 8 días hábiles después de la presentación por parte del interesado de todos los documentos exigidos, y cuando no se aporte la totalidad de los documentos requeridos para matricularse como arrendador, la autoridad competente requerirá por una sola vez al interesado para que complete o aclare la información suministrada según sea el caso. Dentro de los cinco días siguientes a la entrega de la información complementaria requerida, la autoridad competente procederá a efectuar el registro correspondiente y a expedir la certificación solicitada.</li>
<li>No se requiere matrícula para ejercer actividades de arrendamiento o de administración de inmuebles con destinación distinta a vivienda urbana.</li>
<li>Si el comerciante deja en algún momento de ejercer la actividad de arrendamiento de vivienda urbana tiene que solicitar la cancelación de la matrícula para evitar posibles sanciones.</li>
</ul>
<h2>Vigencia de la matrícula del arrendador</h2>
<p>La matrícula se otorga por una sola vez, tendrá vigencia de un año y se renovará de manera automática cada año, <strong>sin necesidad de solicitud por parte del interesado.</strong></p>
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